Desde muy chico sentí la extraña necesidad visceral de defender a los que me rodeaban y así entendí lo que significaba la injusticia. Vi por primera vez las caras de los que amaba, cuando algún familiar, amigo, o conocido sentía desprecio, miedo o simplemente resignación ante la injusticia reiterada.
Desde ahí siempre quise ser abogado y defender a esa gente cansada y crónicamente resignada y aunque la realidad también me enseñó que estamos lejos de ser super héroes, mi vocación, desempeño y testarudez para lograr el mejor acuerdo para mis clientes sigue siendo igual que a los 11 años.
Como abogado me recibí en la Universidad John Fitzgerald Kennedy de la Ciudad de Lanús tras mucho esfuerzo personal y de parte de mi familia y amigos. He realizado varios cursos y especializaciones en Derecho Penal, Derecho Procesal Penal y sobre Derecho Sucesorio, Contratos, Accidentes Laborales y Derecho Previsional Argentino. Con gran orgullo formo parte del Instituto de Derecho Civil del Colegio de Abogados de Avellaneda - Lanús.-
Mi formación académica, humana y laboral se ha enfocado al desarrollo y la implementación de propuestas útiles en el campo del Derecho a fin de que el tiempo no sea otro causal presente en la injusticia sufrida por las personas.
PREVIGNANO ABOGADOS, es un estudio centralizado y especializado en reclamos por accidentes y enfermedades laborales ante las aseguradoras de Riesgos del Trabajo ART. Contamos con la participación de un equipo de colaboradores especializados en distintas áreas del derecho, y médicos especialistas en evaluaciones de incapacidades laborales. Juntos buscamos la excelencia en cada paso, procurando preservar y garantizar los derechos de nuestros clientes, ya sean individuos o empresas.
Nos distinguimos por brindar un servicio de calidad con asesoramiento personalizado, representando cada problemática de manera individual e invirtiendo nuestro conocimiento y energía en cada caso que asumimos.
Debe informar el hecho ante su empleador, quien tiene la obligación de comunicar el accidente o enfermedad a la ART si la tuviera o brindarle en forma inmediata las prestaciones médicas y asistenciales si se trata de un empleador autoasegurado.
Las ART son empresas privadas con fines de lucro contratadas por los empleadores
para asesorarlos en las medidas de prevención de riesgos del trabajo y para
reparar los daños en casos de accidentes de trabajo o enfermedades de origen
laboral.
Las ART deben:
A partir de la recepción de la denuncia, la ART tiene un plazo de diez (10) días hábiles para rechazar el accidente o enfermedad profesional, pudiendo extender este plazo por otros diez (10) días hábiles, siempre que le notifique al trabajador que hará uso de este nuevo periodo. Si durante ese tiempo la ART no le notifica el rechazo, queda obligada a brindarle todas las prestaciones de la ley.
Los pagos que usted debe recibir mientras no pueda trabajar estarán a cargo de su
empleador los primeros diez (10) días (contados a partir del día siguiente a la fecha del accidente o de la primera manifestación invalidante) y a partir del décimo primer día los pagos corren por cuenta de la ART.
La verdad muy satisfecho con el dr Aníbal me resolvió mí caso laboral en tiempo y forma buen profesional en más lo recomiendo
El Dr. Prevignano no solo me asesoro en algo que uno no tiene conocimiento si no que también me hizo llegar a un acuerdo monetario excelente con el cual no contaba y de no haber ido a consultarle me hubiera perdido esa suma y la indemnización que me correspondia.